Agosto 20 2026: Tutela/jurisprudencia constitucional sobre la colocación de mallas de seguridad para mascotas en fachadas/balcones frente a reglamentos de propiedad horizontal. Obligaciones de la Copropiedad.
L os edificios y copropiedades no pueden negar la instalación de redes o mallas de seguridad para que un Copropietario_Tenedor_Arrendatario_Poseedor_ proteja sus mascotas, alegando la Copropiedad solo la estética de la fachada. La Corte reconoce que los animales hacen parte del núcleo familiar y sus necesidades de protección están ligadas al libre desarrollo de la personalidad. EXHORTÓ al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para que en el término de seis (6) meses contados a partir de la notificación de esta providencia expida una reglamentación orientada a asegurar que los reglamentos de propiedad horizontal se ajusten al deber constitucional de protección animal en contextos de convivencia urbana interespecie, de acuerdo con los parámetros expuestos en el presente fallo.